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Nuestra Metodología

A través de su metodología el mecanismo busca establecer marcos de referencia en términos de criterios y procedimientos que rijan la recopilación y recepción de denuncias, verificación de información, y reconocimiento de casos como situaciones de prisión por motivos políticos en Nicaragua.


Los pasos que seguimos para evaluar cada caso son los siguientes:

  1. Recopilamos información de personas que han sido detenidas por razones políticas (fuentes directas e indirectas).
  2. Verificamos la información través de entrevistas con familias, redes territoriales, análisis legales, información documental en redes sociales, abogados y abogadas defensoras.
  3. Analizamos la información verificada a la luz de los criterios y procedimientos definidos.

Nuestro marco de referencia para evaluar posibles motivaciones y vínculos políticos detrás de cada caso es el siguiente:

La noción de persona presa política de la que parte este Mecanismo se deriva del abuso de poder, uso del derecho penal y de la administración de justicia por parte del Estado como herramienta de persecución política. En este sentido lo que prima es lo que el Estado les hace a las personas. El concepto se desprende de uno propuesto por el Consejo de Europa (2012) que lo enmarca y condiciona al cumplimiento de algunos criterios , criterios que fueron adaptados al contexto nicaragüense.


El Mecanismo considera que una persona es presa política cuando la verificación de información indica que el caso cumple con al menos uno de los siguientes criterios:

CRITERIOS

Si la detención ha sido impuesta en violación de una de las garantías fundamentales consagradas en la Constitución o en el derecho internacional de los derechos humanos en particular, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de expresión y de información, la libertad de reunión pacífica y de asociación

Si la detención ha sido impuesta por razones puramente de persecución política, sin conexión con cualquier delito

Si, por motivos políticos, la duración o las condiciones de la detención están claramente fuera de proporción con el delito por el cual la persona está siendo penalmente investigada o ha sido declarada culpable.

Si, por motivos políticos, la persona es detenida en forma discriminatoria en comparación con otras personas.

Si la detención es el resultado de procedimientos que fueron claramente injustos y ésta parece estar relacionada con motivos políticos de las autoridades.

¹https://centrogilbertobosques.senado.gob.mx/docs/serieeuropa2.pdf. Última consulta: 9/5/2020. Estos criterios además son consistentes con los que propone y utiliza el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para determinar la arbitrariedad de una detención.

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